MENDOZA PUSO EN VIGENCIA LA FICHA LIMPIA PARA ENTRENADORES Y PROFESORES QUE TRABAJAN CON MENORES

MENDOZA PUSO EN VIGENCIA LA FICHA LIMPIA PARA ENTRENADORES Y PROFESORES QUE TRABAJAN CON MENORES

La Ley 9.729 establece la presentación obligatoria de certificados de antecedentes penales para quienes desarrollen actividades deportivas con niños y adolescentes. Además, crea un registro digital para personas e instituciones del sector y fija nuevas sanciones por faltas a la ética deportiva.

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Por Don Pancho 20 de octubre de 2026

UN NUEVO REQUISITO PARA TRABAJAR CON NIÑOS Y ADOLESCENTES

Mendoza puso en vigencia una nueva regulación para quienes trabajan con niños, niñas y adolescentes en clubes, polideportivos y escuelas deportivas. Se trata de la Ley 9.729, que modifica la normativa provincial de Ordenamiento del Deporte y la Recreación e incorpora la denominada “Ficha Limpia” como requisito para desempeñarse en estas actividades.

La norma fue promulgada por el Poder Ejecutivo y publicada en el Boletín Oficial el martes 20 de octubre. Entre sus principales disposiciones, establece que profesores, entrenadores, técnicos, instructores y monitores deberán presentar un certificado de antecedentes penales expedido por el Registro Nacional de Reincidencia.

El objetivo de la medida es reforzar los mecanismos de prevención y protección de los menores que participan en actividades deportivas, mediante la verificación de antecedentes relacionados con determinados delitos contemplados en la legislación.

La exigencia alcanza a quienes desarrollan tareas con menores dentro del ámbito regulado por la ley deportiva provincial. No se trata de un requisito general para cualquier trabajador, sino de una obligación vinculada con las funciones que desempeñan en clubes, polideportivos y escuelas deportivas.

QUÉ DELITOS CONTEMPLA LA FICHA LIMPIA

El certificado deberá acreditar que la persona no registra condenas por los delitos comprendidos en los apartados establecidos por la nueva normativa. Entre ellos se encuentran delitos contra la integridad sexual, la libertad individual y determinados delitos contra el estado civil.

La disposición incluye conductas como abuso sexual, corrupción de menores, promoción o facilitación de la prostitución, explotación económica de la prostitución y delitos relacionados con material de abuso sexual infantil.

También contempla situaciones vinculadas con el grooming, la privación ilegal de la libertad, la trata de personas con fines de explotación, la reducción a servidumbre y determinadas formas de explotación del trabajo infantil.

La normativa incluye además otros delitos relacionados con la sustracción, retención u ocultamiento de menores y la alteración o supresión de su identidad.

Uno de los puntos relevantes es que el requisito también contempla sentencias condenatorias de primera instancia y penas de cumplimiento en suspenso, de acuerdo con lo establecido en la ley.

De esta manera, la regulación incorpora criterios específicos para evaluar los antecedentes de quienes tienen a su cargo actividades deportivas con chicos y adolescentes.

UN REGISTRO ÚNICO DEPORTIVO Y DIGITAL

La reforma no se limita a la presentación de antecedentes penales. También crea el Registro Único Deportivo de la Provincia de Mendoza (RUD), una herramienta digital que funcionará bajo la órbita de la Subsecretaría de Deportes.

El nuevo sistema tendrá como finalidad inscribir, identificar y mantener actualizada la información de las personas y las instituciones que forman parte de la actividad deportiva y recreativa provincial.

La plataforma estará integrada a Mendoza por Mí, el sistema estatal de servicios digitales. Con esta modificación, se reemplazará el esquema anterior basado en carnets físicos y legajos en papel por un registro centralizado.

La implementación apunta a ordenar la información del sector, facilitar los trámites y mejorar la identificación de los actores que participan en el sistema deportivo mendocino.

El registro también permitirá centralizar datos de instituciones y personas vinculadas con las distintas disciplinas, dentro de las condiciones previstas por la legislación.

CAMBIOS EN EL CONSEJO PROVINCIAL DEL DEPORTE

La Ley 9.729 introduce modificaciones en la composición y las funciones del Consejo Provincial del Deporte y Recreación. El organismo tendrá carácter asesor y consultivo y estará presidido por el subsecretario de Deportes de Mendoza.

Entre sus integrantes habrá representantes del área de Salud, universidades públicas y privadas, municipios y entidades deportivas. También se contempla la participación de organizaciones vinculadas con el deporte adaptado y paralímpico.

El Consejo tendrá entre sus funciones asesorar en la elaboración de planes y programas, recibir propuestas de instituciones y deportistas y promover actividades deportivas y recreativas inclusivas.

La normativa establece que deberá reunirse en sesiones ordinarias cada seis meses. Sus recomendaciones servirán como aporte para las políticas públicas del sector, aunque no tendrán carácter vinculante para las autoridades.

NUEVAS SANCIONES POR FALTAS A LA ÉTICA DEPORTIVA

Otro de los cambios está relacionado con el régimen disciplinario para deportistas que representen oficialmente a Mendoza o a instituciones de la provincia.

La ley establece una inhabilitación mínima de un año para deportistas que incurran en faltas evidentes al decoro o a la ética deportiva antes, durante o después de una competencia.

Cuando la conducta corresponda a integrantes de una delegación que no sean deportistas, la inhabilitación mínima será de dos años. Estas sanciones podrán aplicarse sin perjuicio de las medidas previstas en los reglamentos particulares de cada disciplina.

También se modificaron las condiciones para solicitar una licencia deportiva especial. Quienes quieran acceder al beneficio deberán presentar una certificación del evento en el que participarán y acreditar su condición de deportistas federados mediante la documentación de la institución correspondiente.

QUÉ CAMBIA PARA LOS CLUBES Y LAS ESCUELAS DEPORTIVAS

Con la entrada en vigencia de la ley, los clubes, polideportivos y escuelas deportivas deberán contemplar la nueva exigencia al organizar sus equipos de trabajo con menores de edad.

Los profesores, entrenadores, técnicos, instructores y monitores alcanzados por la norma deberán contar con el certificado de antecedentes penales correspondiente. La medida se incorpora como parte de las condiciones para desarrollar tareas en el ámbito deportivo provincial.

La reforma busca fortalecer los mecanismos de prevención, ordenar los registros y establecer criterios comunes para las personas que trabajan con chicos y adolescentes.

La aplicación de la Ficha Limpia, junto con el nuevo Registro Único Deportivo y las modificaciones disciplinarias, representa una actualización de la legislación mendocina en materia deportiva. Su implementación será clave para determinar cómo se incorporan los nuevos requisitos al funcionamiento cotidiano de las instituciones de la provincia.

Fuentes consultadas:

Boletín Oficial de Mendoza.

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