LE DIAGNOSTICARON UN TUMOR POR ERROR Y TERMINÓ EN LA JUSTICIA: LA CLÍNICA DEBERÁ PAGAR $3,8 MILLONES
El hombre se había realizado una biopsia hepática como parte del seguimiento de una hepatitis autoinmune. Un error en el rotulado hizo que recibiera el resultado correspondiente a otro paciente. La Justicia confirmó la responsabilidad del médico y de la clínica y fijó una indemnización de $3.800.000, más intereses.
Un error en un estudio médico terminó generando meses de preocupación, nuevos análisis y un reclamo judicial que llegó hasta la Cámara de Apelación en lo Civil y Comercial de Mercedes, en la provincia de Buenos Aires.
El paciente había recibido un informe que señalaba una posible lesión vinculable con un tumor neuroendocrino (carcinoide). Sin embargo, el diagnóstico era incorrecto: el resultado pertenecía a otra persona.
La Justicia confirmó ahora la responsabilidad del médico y de la clínica donde se realizó el procedimiento y estableció una indemnización de $3.800.000, además de los intereses correspondientes hasta el momento en que se concrete el pago.
TODO COMENZÓ CON UNA BIOPSIA
El caso se remonta a abril de 2019, cuando el hombre se sometió a una biopsia hepática como parte del seguimiento de una hepatitis autoinmune.
El informe patológico que recibió generó inmediatamente preocupación. Allí se indicaba la existencia de una lesión que podía estar relacionada con un tumor neuroendocrino.
Ante ese resultado, tanto el paciente como su médico de cabecera interpretaron que podía existir una enfermedad mucho más grave de la que hasta ese momento se tenía conocimiento.
A partir de allí comenzó una nueva etapa de estudios para determinar si efectivamente existía un tumor.
TOMOGRAFÍAS, RESONANCIAS Y UNA NUEVA BIOPSIA
El diagnóstico inicial llevó al hombre a realizarse múltiples estudios complementarios. Entre ellos hubo tomografías, resonancias, análisis de sangre y una nueva biopsia.
El objetivo era confirmar o descartar la posible presencia del tumor mencionado en el primer informe.
Finalmente, en agosto de ese mismo año, los nuevos estudios permitieron descartar la existencia de un tumor y determinar que el paciente continuaba padeciendo únicamente la enfermedad por la cual se encontraba bajo seguimiento.
Pero todavía quedaba por determinar cómo se había producido semejante diferencia entre los resultados.
EL INFORME PERTENECÍA A OTRO PACIENTE
Durante el proceso se determinó que el diagnóstico que había generado la alarma se originó en un error en el rotulado de las muestras.
El propio médico reconoció que el resultado que había recibido el paciente correspondía en realidad a otra persona.
Tanto el profesional como la clínica admitieron que se había producido una equivocación. Sin embargo, intentaron cuestionar la responsabilidad argumentando que el diagnóstico inicial no era definitivo y que tanto el paciente como su médico podrían haber advertido la existencia de una discordancia.
La Justicia no aceptó ese planteo.
El tribunal consideró que, aunque el informe tuviera carácter preliminar, la referencia concreta a un tumor había provocado una lesión emocional que debía ser reparada.
LA JUSTICIA CONFIRMÓ LA RESPONSABILIDAD
La Cámara de Apelación en lo Civil y Comercial de Mercedes confirmó la responsabilidad tanto del médico como del establecimiento sanitario.
El fallo también hizo extensiva la responsabilidad a las aseguradoras involucradas, de acuerdo con los contratos vigentes.
Uno de los puntos destacados por el tribunal fue que la clínica debía responder por la conducta de su personal y que resultaba necesario revisar los procedimientos utilizados para el manejo y la identificación de las muestras.
La resolución busca evitar que un error similar vuelva a producirse con otro paciente.
CÓMO SE CALCULÓ LA INDEMNIZACIÓN
El monto total establecido por la Justicia asciende a $3.800.000.
De esa suma, $3.000.000 corresponden al daño moral, que incluye las consecuencias psicológicas y emocionales provocadas por haber recibido un diagnóstico de una enfermedad que finalmente no padecía.
Los otros $800.000 fueron establecidos en concepto de gastos médicos y de traslado que el hombre debió afrontar como consecuencia de la situación.
Además, el tribunal ordenó calcular intereses desde el 15 de mayo de 2019, fecha en la que el paciente tomó conocimiento del error, hasta que la indemnización sea efectivamente abonada.
UN ERROR QUE TERMINÓ EN LOS TRIBUNALES
El caso pone en evidencia las consecuencias que puede tener un error en una etapa tan sensible como el procesamiento e identificación de una muestra médica.
En este episodio, el diagnóstico equivocado no quedó solamente en un informe incorrecto. Generó nuevas consultas, estudios médicos, una segunda biopsia, gastos y un período de incertidumbre para el paciente.
La Justicia entendió que esas consecuencias eran suficientes para establecer una reparación económica y confirmó la responsabilidad del profesional y de la institución.
El fallo también dejó planteada la necesidad de fortalecer los protocolos internos para reducir el riesgo de errores en la identificación y manejo de muestras médicas.
Fuentes consultadas:
Cámara de Apelación en lo Civil y Comercial de Mercedes