LA REFORMA PENAL JUVENIL GENERÓ MEDIDAS SÓLO PARA ONCE ADOLESCENTES EN SUS PRIMEROS 40 DÍAS

LA REFORMA PENAL JUVENIL GENERÓ MEDIDAS SÓLO PARA ONCE ADOLESCENTES EN SUS PRIMEROS 40 DÍAS

Un primer balance oficial revela que adolescentes de 14 y 15 años comenzaron a recibir medidas judiciales alternativas en el marco de la reciente adecuación legislativa provincial al nuevo régimen nacional. El foco se desplaza hacia la contención territorial mientras se discute la efectividad y el impacto real de las nuevas disposiciones.

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Por Redacción R7Digital 12 de octubre de 2026

La implementación del nuevo esquema de responsabilidad penal para menores en la provincia ha comenzado a mostrar sus primeros indicadores concretos. A poco más de un mes de la entrada en vigencia de las adecuaciones locales a la normativa nacional, las estadísticas judiciales iniciales confirman que once adolescentes de 14 y 15 años han quedado sujetos a diversas medidas judiciales tras verse involucrados en presuntos hechos delictivos.

Este grupo de menores constituye la primera franja etaria alcanzada por el criterio de punibilidad que la reforma estableció entre los 14 y los 17 años. Los datos oficiales recabados en un período de 40 días, clave para la transición del sistema, indican que estas intervenciones judiciales no derivaron en un incremento de la internación en centros cerrados. Por el contrario, la totalidad de estos casos ha sido canalizada a través de la Unidad de Medidas Alternativas (UMA), un dispositivo enfocado en el seguimiento y acompañamiento territorial sin privación de libertad.

El contexto en el que se inscriben estas cifras refleja un cambio de paradigma en el abordaje de la delincuencia juvenil. Con la nueva legislación, los fiscales especializados tienen plazos más estrictos (hasta tres horas) para resolver la situación inicial de un adolescente aprehendido, priorizando criterios de excepcionalidad para la privación de libertad. Esto ha llevado a que la población en el principal centro de internación juvenil de la provincia (el ex COSE) haya mostrado una leve disminución en este periodo, situándose en 42 jóvenes al cierre del relevamiento, debido a traslados o cumplimiento de condenas previas.

Mientras este primer balance enfoca la mirada sobre once adolescentes de 14 y 15 años con medidas alternativas recientes, el universo total de menores bajo seguimiento de la UMA por diversas causas asciende a 455 jóvenes. Este número total incluye a aquellos de mayor edad y los que ya se encontraban bajo proceso antes de la reforma, representando la población de 14 y 15 años recientemente incorporada aproximadamente un 2,4% de este total.


La comparación con la situación de las personas mayores de edad en el mismo lapso de tiempo ofrece una perspectiva distinta. Si bien los sistemas de registro y las escalas de delitos son diferentes, las fuentes judiciales señalan que el flujo de causas y detenciones de adultos es considerablemente superior y se rige por procesos de flagrancia y prisión preventiva más automatizados. En el mismo plazo de 40 días, mientras se tramitaron las medidas para los once adolescentes, ingresaron al sistema penal de adultos cientos de expedientes, con un porcentaje de personas que permanecen privadas de su libertad tras las primeras audiencias notablemente más alto que en el fuero juvenil. Esto subraya la diferencia de escala y la persistencia de una justicia de adultos enfocada en la respuesta punitiva tradicional, frente a un sistema juvenil que busca, al menos en esta etapa inicial, priorizar la intervención socioeducativa.

Las medidas alternativas aplicadas a este grupo inicial de once adolescentes no implican ausencia de consecuencias, sino un enfoque distinto. Incluyen desde amonestaciones formales hasta prohibiciones de acercamiento a víctimas o lugares, restricciones para conducir, la obligatoriedad de asistencia escolar, la participación en programas de formación laboral y salud, o la supervisión mediante monitoreo electrónico. El desafío para las autoridades provinciales radica ahora en fortalecer la red de contención territorial y la capacidad operativa de los equipos técnicos encargados de que estas medidas sean efectivas y sostenibles, evitando la reincidencia y promoviendo la reintegración social de los jóvenes en sus propias comunidades. El debate sobre la edad de imputabilidad sigue abierto, pero la aplicación práctica ya está en marcha.

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