EL IPV RECUPERÓ LA PRIMERA VIVIENDA CON LA NUEVA LEY DE DESALOJOS EN MENDOZA: DÓNDE ESTÁ Y QUIÉNES PODRÁN ACCEDER
El Instituto Provincial de la Vivienda recuperó un inmueble del complejo Eusebio Blanco, en la Ciudad de Mendoza, tras detectar incumplimientos en las condiciones de adjudicación. La aplicación de la Ley 9715 marca el primer caso concreto bajo el nuevo régimen, que busca agilizar la restitución de casas sociales y permitir que vuelvan a familias que necesitan una solución habitacional.
LA PRIMERA CASA RECUPERADA BAJO LA NUEVA NORMATIVA
El Instituto Provincial de la Vivienda (IPV) concretó la recuperación de una vivienda social en la Ciudad de Mendoza mediante la aplicación de la Ley 9715, una norma que modificó los procedimientos para recuperar inmuebles adjudicados cuando sus titulares incumplen las condiciones establecidas.
La propiedad está ubicada en el complejo habitacional Eusebio Blanco y se convirtió en el primer caso de restitución concretado mediante las herramientas incorporadas por la nueva legislación. El procedimiento se inició después de que el organismo detectara irregularidades relacionadas con la ocupación efectiva del inmueble.
La situación llegó a conocimiento del IPV a partir de denuncias de vecinos y controles realizados por el propio Instituto. Las actuaciones permitieron verificar que la vivienda no estaba siendo utilizada de acuerdo con las condiciones previstas para una propiedad destinada a vivienda única y familiar.
La recuperación representa un antecedente relevante para la política habitacional de Mendoza, ya que el organismo busca que las unidades financiadas con recursos públicos cumplan efectivamente su finalidad social. El objetivo es evitar que las viviendas permanezcan desocupadas, sean cedidas irregularmente o se utilicen para fines distintos de aquellos para los que fueron adjudicadas.
Desde el organismo explicaron que la medida no se tomó de manera automática. Antes de avanzar con la restitución, se cumplieron las instancias administrativas previstas, que incluyen notificaciones, intimaciones y oportunidades para que los titulares regularicen su situación o presenten sus descargos.
QUÉ CAMBIA CON LA LEY 9715
La nueva normativa, sancionada por la Legislatura provincial en junio de 2026 y promulgada en julio, introdujo modificaciones en la legislación que regula el funcionamiento del IPV y en el Código Procesal Civil, Comercial y Tributario de Mendoza.
Uno de los cambios principales consiste en agilizar los procedimientos para recuperar viviendas que fueron desadjudicadas por incumplimientos. Anteriormente, determinados trámites requerían instancias judiciales previas que podían extender considerablemente los plazos para recuperar un inmueble.
Con el nuevo esquema, una resolución administrativa firme de desadjudicación puede servir como fundamento para iniciar el procedimiento de desalojo mediante la vía monitoria, con intervención de la Justicia de Paz Letrada.
La reforma también establece que la presentación de recursos administrativos no suspende automáticamente el procedimiento, salvo que exista una decisión expresa que disponga lo contrario.
La herramienta está orientada a situaciones como el abandono de una propiedad, la falta de ocupación efectiva, el alquiler a terceros sin autorización, las cesiones irregulares y otros incumplimientos de las obligaciones asumidas por los adjudicatarios.
Sin embargo, la ley no implica que el IPV pueda quitar una vivienda sin un procedimiento previo. La desadjudicación debe estar debidamente fundamentada y los titulares deben contar con las instancias previstas para ejercer su derecho de defensa.
El propósito declarado de la reforma es reducir las demoras en la recuperación de inmuebles y permitir que las casas que ya no cumplen con las condiciones de adjudicación puedan volver al sistema habitacional provincial.
POR QUÉ EL IPV PUEDE RECUPERAR UNA VIVIENDA
Las viviendas sociales adjudicadas por el Estado están sujetas a condiciones específicas. Entre ellas se encuentra la obligación de ocupar efectivamente el inmueble y destinarlo a vivienda única y familiar, además de cumplir con los compromisos asumidos en el proceso de adjudicación.
Cuando el IPV detecta posibles irregularidades, puede iniciar una investigación administrativa a partir de inspecciones propias o de denuncias de vecinos. En ese proceso se analizan las condiciones de ocupación y el cumplimiento de las obligaciones de los beneficiarios.
Entre las situaciones que pueden dar lugar a una desadjudicación se encuentran:
Abandono de la vivienda: cuando los titulares no cumplen con la obligación de habitarla efectivamente.
Alquileres no autorizados: cuando el inmueble se utiliza para obtener una renta sin respetar las condiciones establecidas.
Cesiones irregulares: cuando la propiedad es ocupada por terceros sin la autorización correspondiente.
Incumplimientos persistentes: cuando se mantienen situaciones contrarias a las obligaciones asumidas en la adjudicación.
Cada caso debe analizarse de manera particular. La detección de una irregularidad no significa que la vivienda se pierda automáticamente: el procedimiento contempla notificaciones y oportunidades para regularizar la situación o presentar explicaciones.
QUÉ PASARÁ CON LA CASA RECUPERADA EN CIUDAD
La vivienda del complejo Eusebio Blanco podrá ser incorporada nuevamente al sistema de adjudicación del IPV. Esto significa que el inmueble podrá destinarse a otra familia que reúna los requisitos establecidos por el organismo.
La reasignación no será automática ni quedará librada a una decisión discrecional. El Instituto deberá respetar los procedimientos y registros oficiales para determinar quiénes pueden acceder a la solución habitacional.
Entre las condiciones informadas para los postulantes se encuentran no poseer otra propiedad, no haber sido adjudicatarios anteriormente de una vivienda del IPV y estar inscriptos en el Registro de Necesidades Habitacionales (Renhabit) con una antigüedad mínima de un año.
La recuperación de esta propiedad abre la posibilidad de que una vivienda que no estaba cumpliendo con el objetivo previsto vuelva a ser utilizada por una familia que necesita un hogar.
El caso también pone el foco en el funcionamiento de los programas de vivienda social y en la importancia de garantizar que los recursos públicos destinados a estas políticas lleguen efectivamente a quienes cumplen las condiciones de acceso.
CÓMO DENUNCIAR EL USO IRREGULAR DE UNA VIVIENDA DEL IPV
Los vecinos que adviertan posibles irregularidades en viviendas sociales pueden comunicar la situación al Instituto Provincial de la Vivienda para que evalúe si corresponde realizar controles.
El organismo dispone de distintos canales de contacto:
WhatsApp: +54 9 261 304-4142, de lunes a viernes, de 9.30 a 13.
Línea gratuita: 0-800-4784, de lunes a viernes, de 9 a 13.30.
Oficina Virtual: a través del sitio oficial del IPV Mendoza.
Aplicación: Mendoza por Mí.
Correo electrónico: mediante el canal de atención al público publicado por el organismo.
Las denuncias pueden contribuir a identificar viviendas abandonadas, deshabitadas o utilizadas de una manera que contradiga las condiciones de adjudicación. Luego, el IPV debe verificar los hechos y determinar si corresponde iniciar un procedimiento administrativo.
UN NUEVO ESCENARIO PARA LA POLÍTICA HABITACIONAL DE MENDOZA
La recuperación de la primera vivienda bajo la Ley 9715 marca un antecedente para el sistema provincial de vivienda social. La rapidez de los procedimientos y el control sobre el destino de los inmuebles serán aspectos centrales para evaluar el alcance de la reforma.
El desafío consiste en recuperar las propiedades cuando existan incumplimientos debidamente acreditados, respetando al mismo tiempo las garantías de los adjudicatarios y los procedimientos legales.
Para las familias que esperan una vivienda, la posibilidad de reincorporar inmuebles al sistema puede representar una alternativa adicional dentro de una política habitacional que busca responder a la demanda de soluciones accesibles.
La casa recuperada en el complejo Eusebio Blanco es el primer caso concreto de aplicación de esta herramienta. Su futura readjudicación deberá realizarse conforme a los requisitos vigentes, con el objetivo de que vuelva a cumplir la función para la que fue destinada: brindar una solución habitacional a una familia mendocina.