DÍA DEL EMPLEADO DE COMERCIO: CUÁNDO CIERRAN LOS NEGOCIOS EN MENDOZA Y QUÉ PASARÁ CON LA ATENCIÓN
El Día del Empleado de Comercio se conmemora el 26 de septiembre, pero este año la jornada será trasladada al lunes 28. El CEC Mendoza confirmó cómo funcionará la actividad comercial durante ambas jornadas.
Los mendocinos deberán tener en cuenta una modificación en el calendario comercial de los próximos días. En 2026, el Día del Empleado de Comercio se conmemora oficialmente el sábado 26 de septiembre, pero la jornada de descanso será trasladada al lunes 28, por lo que ese día no habrá atención habitual en los establecimientos alcanzados por la medida.
La confirmación fue realizada por el Centro de Empleados de Comercio (CEC) de Mendoza, que informó que el traslado busca garantizar el descanso correspondiente a los trabajadores del sector. De esta manera, el sábado 26 será una jornada normal para la actividad comercial, mientras que el lunes 28 los comercios permanecerán cerrados.
La fecha tiene su origen en la Ley 26.541, sancionada en 2009, que estableció el 26 de septiembre como el Día del Empleado de Comercio. La normativa dispone que ese día los trabajadores del sector no deben prestar tareas y que la jornada se asimila a los feriados nacionales a todos los efectos legales.
El traslado de la celebración no es una situación excepcional dentro de la actividad mercantil. En diferentes años se han homologado acuerdos entre las organizaciones sindicales y empresarias para trasladar la conmemoración a otra jornada, manteniendo los derechos y alcances establecidos por la legislación.
¿Qué pasará el sábado 26?
Para los trabajadores comprendidos en esta modalidad, el sábado 26 de septiembre será considerado una jornada normal de actividad. Por lo tanto, los comercios podrán funcionar con sus horarios habituales y los clientes podrán realizar sus compras normalmente.
El cambio de fecha significa que el descanso correspondiente se hará efectivo el lunes 28.
¿Qué pasará el lunes 28?
Durante el lunes 28, los establecimientos comerciales alcanzados por la normativa permanecerán cerrados para garantizar el descanso de los empleados de comercio. La medida alcanza a distintos rubros de la actividad mercantil, incluyendo comercios, supermercados, mayoristas y establecimientos comerciales de gran concurrencia.
No obstante, existe una particularidad: los establecimientos pueden abrir cuando sean atendidos exclusivamente por sus propios dueños. En caso de requerir la presencia de empleados, deben respetarse las condiciones laborales correspondientes a la jornada.
También pueden existir actividades que funcionen con una modalidad diferente, especialmente aquellos espacios gastronómicos, recreativos o de entretenimiento que tengan un régimen laboral distinto al de los empleados comprendidos en el convenio mercantil.
Una jornada para el sector comercial
El Día del Empleado de Comercio recuerda la sanción, el 26 de septiembre de 1934, de la Ley 11.729, considerada un antecedente importante en la regulación de las relaciones laborales del sector comercial.
Desde entonces, la fecha quedó vinculada con los derechos laborales de los trabajadores mercantiles y, desde 2009, cuenta con el reconocimiento establecido por la Ley 26.541.
Así, quienes tengan previsto realizar compras durante los próximos días deberán tener presente el cambio: el sábado 26 habrá actividad comercial normal en Mendoza, mientras que el lunes 28 será la jornada de descanso para los empleados de comercio y los establecimientos alcanzados permanecerán cerrados.
Fuentes consultadas: El Sol, Centro de Empleados de Comercio de Mendoza.