CONDENAN A DOS INTEGRANTES DE UN GRUPO ISLÁMICO DE RIVADAVIA POR INCITAR AL ODIO: TRES AÑOS EN SUSPENSO, DISCULPAS PÚBLICAS Y UN CURSO DE DERECHOS HUMANOS

CONDENAN A DOS INTEGRANTES DE UN GRUPO ISLÁMICO DE RIVADAVIA POR INCITAR AL ODIO: TRES AÑOS EN SUSPENSO, DISCULPAS PÚBLICAS Y UN CURSO DE DERECHOS HUMANOS

La Justicia Federal cerró una causa iniciada en 2023 por mensajes contra las comunidades judía y cristiana en grupos virtuales. Otros dos acusados accedieron a la suspensión del juicio a prueba.

#Ruta7Digital #Mendoza #ZonaEste #Rivadavia #DiscursosDeOdio #JusticiaFederal #DAIA
Por @SoyRumulus 24 de septiembre de 2026

El Tribunal Oral en lo Criminal Federal N°2 de Mendoza condenó a tres años de prisión en suspenso a Ricardo Nicolás Escudero y Matías Gabriel Gutiérrez, integrantes de grupos virtuales desde los que se difundían mensajes discriminatorios y se incitaba a la violencia contra las comunidades judía y cristiana. Ambos recuperaron la libertad de manera inmediata. El juez Alejandro Waldo Piña homologó el 8 de septiembre un acuerdo de juicio abreviado y, el 16, concedió la suspensión del juicio a prueba a otros dos imputados.

Cómo comenzó la causa

El expediente reunió dos investigaciones. La primera se inició con la denuncia del periodista Jorge Hirschbrand, director del portal El Sol, tras detectar el 31 de octubre de 2023 una publicación en Facebook de una cuenta usada por Escudero. Incluía una imagen de una niña presuntamente herida en Gaza y un mensaje intimidatorio dirigido al comunicador por la cobertura del conflicto.

La segunda arrancó el 17 de noviembre de 2023, cuando una persona denunció ante la Policía Federal publicaciones en Instagram y Facebook con banderas de ISIS y Yihad Islámica y convocatorias a preparar "fuerzas de combate" contra "enemigos de Allah". La causa fue derivada a la Unidad de Investigación Antiterrorista, que identificó tres grupos: "JAMAAH RIVADAVIA", activo entre el 25 de junio y el 15 de noviembre de 2023, "Al Muslimun" y "Zona Este y Capital". Escudero y Gutiérrez fueron detenidos en esa última fecha, y en 2024 hubo allanamientos con secuestro de computadoras y otros dispositivos. En 2025, la Cámara Federal confirmó el procesamiento.


El acuerdo y las condenas

En el juicio abreviado, la fiscalía, las defensas, la Delegación de Asociaciones Israelitas Argentinas (DAIA), como querellante, y el periodista damnificado acordaron adecuar las calificaciones. Escudero fue considerado autor de integrar una agrupación destinada a imponer ideas por la fuerza o el temor y de amenazas, en concurso con la ley contra actos discriminatorios. Gutiérrez fue considerado organizador de esa agrupación, con actividad vinculada a la promoción del odio contra determinados grupos.

El delito de integrar este tipo de agrupaciones prevé penas de tres a ocho años, por lo que los tres años acordados quedan en el piso de la escala, aunque en suspenso.

Reglas de conducta y reparación

Durante tres años, los condenados deberán fijar residencia, no cometer nuevos delitos y someterse a controles trimestrales. También tendrán que realizar un curso virtual sobre el Sistema Interamericano de Derechos Humanos y el abordaje de los discursos de odio, dictado por la Facultad de Derecho de la UNCuyo.

Como reparación, cada uno deberá donar 100.000 pesos en insumos a instituciones de bien público y publicar una retractación con un pedido de disculpas a la comunidad judía en un medio local. Escudero, además, deberá pedir disculpas públicas al periodista en el diario El Sol. La resolución se difundirá en el portal institucional del Ministerio Público Fiscal.

Los otros dos imputados

El 16 de septiembre, el magistrado concedió la suspensión del juicio a prueba por tres años a otros dos integrantes de los grupos. El fiscal valoró que no registraban antecedentes penales computables, y la DAIA prestó conformidad. Se les impusieron pautas similares, entre ellas la donación de insumos, la retractación pública y la difusión de la resolución. Al no haber condena, la causa contra ellos queda supeditada al cumplimiento de esas condiciones.

Qué deja el caso

La causa fue impulsada por los fiscales federales Fernando Alcaraz, en la elevación a juicio, y Federico Baquioni Zingaretti, en el acuerdo final. Se trata de un antecedente local sobre el alcance de la ley antidiscriminatoria y del delito de integrar agrupaciones violentas cuando la actividad ocurre en redes y aplicaciones de mensajería, con una respuesta penal que combinó condena condicional, reparación a las víctimas y capacitación en derechos humanos.

¿Te gustó esta nota? Compartila